Publicado el nuevo Convenio colectivo estatal de mantenimiento y conservación de instalaciones acuáticas

Mar 15, 2026

El pasado jueves 12 de marzo 2026, se publicó en el BOE el nuevo Convenio colectivo estatal de mantenimiento y conservación de instalaciones acuáticas. Un acuerdo que establece el marco laboral del sector, detallando las categorías profesionales, las condiciones de trabajo, la organización de las tareas y las garantías para los empleados. Todo ello contribuye a reforzar la estabilidad y la profesionalización del ámbito laboral.

El convenio tiene una duración pactada de tres años, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2027. Su aplicación es de obligatorio cumplimiento para todas las empresas cuya actividad principal sea el mantenimiento, limpieza y conservación de piscinas e instalaciones acuáticas en todo el territorio nacional.

El acuerdo regula las condiciones laborales del personal dedicado al mantenimiento de piscinas e instalaciones acuáticas en todo el territorio estatal. Su vigencia abarca 2025–2027 e incluye subidas salariales anuales ligadas al IPC + 0,7%, con tablas retributivas detalladas y dos pagas extra de 30 días cada una.

La jornada se fija en 40 horas semanales, con un máximo anual de 1.778 h en 2025 y 1.770 h en 2026–2027, además de 12 horas mínimas entre jornadas. Para socorristas y controladores de acceso se permite una bolsa de 135 horas flexibles al año. Las vacaciones son de 30 días naturales, con preferencia de disfrute entre octubre y mayo.

El convenio incorpora un conjunto amplio de permisos retribuidos (matrimonio, nacimiento, fallecimiento, enfermedad grave, mudanza, fuerza mayor familiar, exámenes, consultas médicas, etc.) y medidas de conciliación habituales. También refuerza el registro horario digital, obligatorio, trazable y conservado durante cuatro años, y reconoce el derecho a la desconexión digital y el teletrabajo en situaciones excepcionales cuando el puesto lo permita.

Aquí se puede consultar el nuevo convenio. 

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