Mar 16, 2026
La Unión Europea ha aprobado el Reglamento (UE) 2026/405 sobre detergentes y tensioactivos, una nueva normativa que impulsa la unificación de la legislación sobre productos químicos y que sustituirá al reglamento vigente desde 2004. Su objetivo es el de adaptar el sector a los nuevos retos ambientales, tecnológicos y de consumo.
La norma refuerza los requisitos ambientales de las materias primas utilizadas, promueve la reducción de residuos mediante sistemas de recarga y venta a granel, e incorpora herramientas digitales para facilitar el acceso a la información sobre los productos. Este nuevo marco se alinea con el Pacto Verde Europeo, las políticas de digitalización y la promoción de la economía circular, y supondrá un cambio significativo en los requisitos de sostenibilidad, información y control de los detergentes comercializados en la UE.
Principales novedades del reglamento
- Se amplían los requisitos de biodegradabilidad de los tensioactivos y de las películas poliméricas hidrosolubles. Estos criterios se extenderán progresivamente a polímeros y otras sustancias orgánicas presentes en detergentes, con un despliegue gradual hasta 2034.
- Se introduce una regulación específica para los detergentes que contienen microorganismos, con la obligación de evaluar la seguridad, establecer metodologías armonizadas de gestión del riesgo y prohibir ciertos patógenos.
- El reglamento limita el contenido de fósforo para controlar la eutrofización de las aguas residuales
- Se establece la prohibición general de introducir en el mercado productos que hayan sido objeto de ensayos con animales.
- Se fomentan los sistemas de venta a granel y las soluciones de recarga como vía para reducir residuos de envases y promover la economía circular.
- El DPP deberá contener información sobre la conformidad del producto y será accesible digitalmente para autoridades, operadores y usuarios.
- Se permitirá facilitar información adicional mediante formatos digitales, manteniendo la información esencial en la etiqueta física.
- Los operadores económicos deberán conservar documentación técnica e información del producto durante al menos 10 años.
El reglamento se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el 11 de febrero de 2026 y su aplicación está prevista a partir del 23 de septiembre de 2029, con periodos transitorios posteriores para permitir la adaptación del sector hasta 2034.

