CONVOCATORIA BECAS PRE-DOCTORALES 2016

Se han convocado una ayudas para la formación de personal invetigador (FPI) y formación de personal investigador empresarial (FPI-E), como también subvenciones para tasas académicas cofinanciadas por el Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2014-2020 de les Illes Balears.

Existen dos modalidades para las ayudas:

Modalidad A (FPI): para la formación de doctores mediante la cofinanciación de contratos laborales, bajo la modalidad de contrato predoctoral, del personal investigador en formación en centros de I + D, que quieran hacer una tesis doctoral asociada a un proyecto de investigación financiado por proyectos de I + D subvencionados por un organismo competente mediante una convocatoria pública competitiva.
Modalidad B (FPI-E): para la formación de doctores en empresas mediante la cofinanciación de los contratos laborales del personal investigador en formación que participen en un proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental que se desarrollen en una empresa, en el que se debe enmarcar la tesis doctoral, para favorecer la inserción laboral de investigadores en las empresas desde los inicios de sus carreras profesionales, contribuir a la empleabilidad de estos investigadores y promover la incorporación de talento al tejido productivo para elevar la competitividad del mismo.

El periodo de la ayuda es del 1 de diciembre de 2016 al 30 de noviembre de 2020.

Pueden ser beneficiarios de estas ayudas:

a. Centros públicos de I + D: las universidades públicas, los organismos públicos de investigación reconocidos por la Ley 14/2011, los centros de I + D con personalidad jurídica propia y diferenciada vinculados a la Administración General del Estado o dependientes, y los centros de I + D vinculados a administraciones públicas territoriales o dependientes, independientemente de la personalidad jurídica.
b. Centros públicos y privados de I + D sin ánimo de lucro: las universidades privadas y entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro con capacidad y actividad demostrada en I + D. se incluyen los centros tecnológicos la propiedad y la gestión de los cuales corresponden en su mayoría a las administraciones públicas.
c. Centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica: de acuerdo con el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan estos centros.
d. Empresas innovadoras que realicen actividades de I + D y que deben figurar en el registro de empresas del Ministerio de Economía y Competitividad de la línea ICO Innovación Fondo Tecnológico 2013-2015 o en el Registro de la Pequeña y Mediana Empresa Innovadora, regulado por la Orden ECC / 1087/2015, de 5 de junio.

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