El plazo de petición empezará el día 24 de enero de 2025 a las 00:00 horas y se alargará hasta el día 24 de febrero de 2025 a las 23.59 horas
Son subvencionables las inversiones ejecutadas, facturadas y pagadas en el periodo comprendido entre el 11 de noviembre de 2024 y el 10 de noviembre de 2025, ambos incluidos
El próximo 24 de enero se abre el plazo para presentar las solicitudes para la ayuda destinada a promover grandes actuaciones de inversión para la modernización de la estructura productiva y digital de la actividad industrial (2025). Una ayuda dirigida a apoyar la realización de grandes inversiones de carácter industrial mediante la adquisición de activos materiales y la adquisición de inversiones inmateriales asociadas al proceso industrial que tengan que ser utilizadas o entrar en funcionamiento por primera vez.
Consiste en subvenciones destinadas a la adquisición de activos materiales y a la adquisición de inversiones inmateriales asociadas al proceso industrial, que tengan que ser utilizados o entrar en funcionamiento por primera vez.
Solo serán subvencionables las solicitudes con un importe subvencionable igual o superior a 100.000€.
La concesión de estas ayudas comporta la obligación para el beneficiario la contratación de al menos un trabajador a jornada completa dentro de plazo subvencionable, mantenerlo durante un mínimo de dos años desde la fecha de contratación.
PLAZO DE INVERSIONES SUBVENCIONABLES:
Son subvencionables las inversiones ejecutadas, facturadas y pagadas en el periodo comprendido entre el 11 de noviembre de 2024 y el 10 de noviembre de 2025, ambos incluidos.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Empezará día 24 de enero de 2025 a las 00:00 horas hasta día 24 de febrero de 2025 a las 23.59 horas.
Para la concesión de la ayuda se aplicará los criterios definidos en el apartado noveno de la convocatoria.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA JUSTIFICACIÓN:
El plazo para justificar la realización de las actividades subvencionadas finaliza el 12 de noviembre de 2025 o en la fecha que establezca la resolución de concesión, si es posterior.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:
a) Coste de contratación a entidades externas de proyectos técnicos de ampliación de instalaciones industriales para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios que permitan mejorar considerablemente los existentes.
b) Adquisición e instalación y transporte de maquinaria para instalar en un centro de trabajo ubicado en las Illes Balears de la entidad solicitante, relacionada directamente con la actividad de la empresa.
A estos efectos, se entiende por máquina la definición recogida en el artículo 2.2 del Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas, con las exclusiones establecidas en el artículo 1.3 del citado Real Decreto.
En este punto, se incluye la adquisición de elementos y maquinaria de transporte interno, así como las impresoras industriales e impresoras 3D.
c) Adquisición, instalación y transporte de accesorios, instalaciones técnicas y TIC asociados e integrados en la maquinaria indicada en la letra anterior.
d) Adquisición, instalación y transporte de accesorios, instalaciones técnicas y TIC asociados e integrados en la maquinaria existente en el centro de trabajo ubicado en las Illes Balears.
e) Adquisición, instalación y transporte de equipos de soldadura y sus accesorios, salvo fungibles, equipos de protección individual (EPI) y similares.
f) Adquisición, instalación y transporte de conjuntos de moldes, prototipos y patrones para la fabricación de productos, que deben ser utilizados en los centros de trabajo de la entidad solicitante situados en las Illes Balears.
g) Adquisición, instalación y transporte de tanques, barricas, tambores, sistemas de filtrado y similares destinados a las fases de fermentación, maduración, reposo o clarificación del proceso productivo de vino, cerveza, licores o productos asimilables, que deben ser utilizados en los centros de trabajo de la entidad solicitante situados en las Illes Balears.
h) Adquisición, instalación y transporte de recipientes, reactores de mezcla y procesado, reactivos, depósitos y similares fijos integrados en las unidades del proceso productivo propio de la empresa.
i) Adquisición, instalación y transporte de activos materiales destinados a la automatización y/o digitalización del almacenamiento que permitan una mejora en la logística del producto.
j) Adquisición, tanto material como inmaterial, destinada a la digitalización del sistema productivo, tales como SAI, servidores, NAS, equipos electrónicos, equipos de diagnosis, medida y control, impresoras industriales, impresoras 3D, así como software ( software ) y TIC.
k) Adquisición e instalación de las tecnologías vinculadas a la industria 4.0 como pueden ser: inteligencia artificial, datos masivos, robótica colaborativa, informática en nube, realidad virtual y realidad aumentada.
l) Coste de contratación a entidades externas por el diseño de páginas y entornos web.
m) La formación destinada al aprendizaje sobre el manejo de las inversiones objeto de la subvención.
CUANTÍAS DE LA AYUDA:
El importe máximo subvencionable del conjunto de este programa es de 200.000 euros por beneficiario.
El coste de contratación a entidades externas de proyectos técnicos de ampliación de instalaciones industriales, para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o que permitan mejorar considerablemente los ya existentes queda limitado a un importe máximo de 20.000 €, IVA excluido.
El importe máximo subvencionable por la formación indicada en el apartado tercero punto 4.m) es de 1.200 euros.
Para más información… [+]