Abierto el plazo para solicitar las subvenciones para economía circular en Baleares

Jun 25, 2026

El Govern balear ha abierto una nueva convocatoria de ayudas dirigida a empresas que quieran desarrollar proyectos de economía circular. La línea cuenta con 2,4 millones de euros de presupuesto repartidos entre las anualidades de 2027 y 2028, cofinanciados por el Impuesto sobre Estancias Turísticas (ITS) y fondos europeos FEDER 2021-2027, y se concede en régimen de concurrencia competitiva.

¿Qué financia?

La convocatoria apoya proyectos que contribuyan de forma clara a la transición hacia la economía circular. Se contemplan tres tipos de categorias:

  1. I+D+i: desarrollo o validación de nuevos productos, procesos o servicios circulares.
  2. Estudios y proyectos: análisis de viabilidad técnica, económica o normativa.
  3. Ejecución e implantación de nuevos proyectos o mejora de procesos existentes.

Estas actuaciones deben encajar en alguna de estas líneas:

Linea 1: Reducción de materias primas vírgenes (uso de residuos o subproductos)

Linea 2: Ecodiseño (mayor durabilidad, reparabilidad o reciclabilidad)

Linea 3: Gestión de residuos (reciclaje, reutilización o infraestructuras asociadas)

¿Quién puede solicitarla como beneficiario?

  • Empresas privadas con actividad en Baleares (inscritas en el Registro Mercantil, de Cooperativas o de Sociedades)
  • Organizaciones empresariales
  • Agrupaciones de empresas (con o sin personalidad jurídica propia)
  • Proyectos privados en colaboración con el sector público (mediante convenio o contracto)

¿Cuánto se puede obtener?

  • Hasta 700.000 € por proyecto I+D+i (actuaciones de las categorias 1 y 3)
  • Hasta 25.000 € (estudios y redacción de proyectos, categoria 2)

Intensidad de ayuda:

  • Hasta 80% de financiación en régimen de minimis (máximo 300.000 € en tres años)
  • Límites y porcentajes variables según tipo de proyecto y tamaño de empresa con respecto al Reglamento General de Exención 651/2014
Régimen / Artículo aplicablePequeña empresaMediana empresaGran empresa** 
Art. 25: Investigación industrial (base)70 %60 %50 %
Art. 25: Investigación industrial (+ colaboración/difusión*)80 %75 %65 %
Art. 25: Desarrollo experimental (base)45 %35 %25 %
Art. 25: Desarrollo experimental (+ colaboración/difusión*)60 %50 %40 %
Art. 36: Protección medioambiental65 %55 %45 %
Art. 47: Reciclaje y reutilización60 %50 %40 %

*Bonificación por colaboración/difusión: Se aplica cuando existe una colaboración efectiva entre empresas (siempre que ninguna de ellas asuma más del 70 % de los costes subvencionables del proyecto) o cuando los resultados del proyecto se difunden ampliamente mediante conferencias, publicaciones, repositorios o bases de datos de acceso libre.

**Las grandes empresas pueden participar sólo con ITS, pero sin acceso a fondos FEDER (exclusivo para pymes con una intensidad del 60%)

Gastos subvencionables:

  • Personal propio (máx. 70 €/hora)
  • Equipos, maquinaria y software (solo la amortització si su vida útil supera el proyecto)
  • Ensayos, analíticas y materiales
  • Obra menor y accesoria estrictament necesaria
  • Licencias, patentes y material fungible
  • Servicios externos (subcontratación al 100% si genera un valor añadido)
  • Comunicación (máx. 5% de la ayuda, límite 10.000 €)
  • No incluye: terrenos, edificios, vehículos, gastos corrientes o actuaciones iniciadas antes de solicitar la ayuda. Tampoco son subvencionables actuaciones destinadas al tratamiento y regeneración de aguas residuales.

Plazos clave:

  • Presentación de solicitudes: dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOIB.
  • Ejecución del proyecto: deberá finalizar antes del 31 de octubre de 2028.
  • Justificación: deberá presentarse en el plazo de tres meses desde la finalización de la ejecución del proyecto.

¿Cómo se seleccionan los proyectos?

Las solicitudes se comparan entre sí y se financian las mejor valoradas a partir de los siguientes criterios de evaluación (máximo 100 puntos, mínimo 50 puntos totales):

  1. Valoración de la entidad (15 puntos): Se valorará que la entidad sea una pyme o una agrupación de empresas, su experiencia previa en proyectos similares y su compromiso con la sostenibilidad y la protección del medio ambiente. 
  2. Descripción técnica (50 puntos): Se evaluarán la claridad y calidad de la memoria técnica, la viabilidad técnica y económica del proyecto, así como su grado de innovación. 
  3. Impacto ambiental y económico (35 puntos): Se valorará la aplicación de la jerarquía de residuos, priorizando las actuaciones de prevención, el beneficio ambiental cuantificable derivado del proyecto y la creación de puestos de trabajo.

Plazos clave

  • Solicitud: 2 meses desde su publicación en BOIB (25/06/2026)
  • Inicio del proyecto: después de presentar la solicitud
  • Ejecución: hasta el 31 de octubre de 2028
  • Justificación: hasta 3 meses después de finalizar

El pago se realiza en un único abono, tras justificar la totalidad del proyecto.

Obligaciones

  • Cumplir el principio ambiental DNSH
  • Justificar todos los gastos con facturas y pagos bancarios
  • Dar visibilidad a la financiación (UE, ITS y Govern)
  • Mantener la inversión durante el periodo exigido

¿Cómo presentar la solicitud?

  • Tramitación telemática
  • Máximo 3 proyectos por entidad (con priorización)

Importante

  • Deben estar legalmente constituidas y al corriente de sus obligaciones
  • Quedan fuera personas físicas y comunidades de bienes

PUBLICACIÓN EN EL BOIB

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