LEY DE EMPRENDEDORES

El pasado viernes se publicó en el BOE la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Esta Ley pretende facilitar la actividad emprendedora en diferentes ámbitos, a través de distintas medidas de fomento de la actividad.
Se crean dos figuras nuevas de emprendedores: el emprendedor de responsabilidad limitada, que en caso que fracase el proyecto iniciado, no responderá con su patrimonio personal (siempre que la deuda no supere los 300.000 euros) y la sociedad limitada de formación sucesiva, que sin capital mínimo, tendrán el régimen de sociedades de responsabilidad limitada pero manteniendo diferentes obligaciones específicas.
Además se pueden destacar, en la línea de apoyo a la actividad  emprendedora y Pymes, las siguientes medidas;
– IVA e IGIC; posibilidad de utilizar el criterio de caja a partir del 1 de enero de 2014. Supone que el impuesto se devenga en el momento del cobro total o parcial del precio.
– IS: nueva deducción por inversión de beneficios, deducción por I+D, se modifica la «patent box, se mejora la deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad y se modifica la regulación tipo impositivo reducido para entidades de nueva creación constituidas a partir del 1 de enero de 2013.
-IRPF: Se establecen deducciones fiscales para los «business angel»
 Y además se prevén medidas para apoyar la financiación de los emprendedores, se reducen cargas administrativas, se flexibilizan las exigencias de contabilidad para las empresas de menor dimensión y se crea un mecanismo de negociación extrajudicial de deudas de empresarios personas físicas o jurídicas.
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