Jornada sobre aplicación del RD de Piscinas

 
Asistimos a la Jornada sobre aplicación del Real Decreto 742/2013 de Piscinas y su relación con el Decreto autonómico 53/1995 -que queda parcialmente derogado-. Con el apoyo de la Federación Hotelera de Mallorca (FEHM) y DRCRESPÍ Public Health Solutions, asesor sanitario de la federación, la jornada ha contado con una numerosa asistencia y una exhaustiva presentación a cargo de la Sra. Eva Gomis, Cap de Secció de Sanitat Ambiental, de la DG Salut Pública i Consum, acompañada por el Sr. Antoni Alemany y la Sra. Mercedes Alemany, también de la Conselleria de Salut.
Algunas de las aclaraciones más destacables se han obtenido gracias a las numerosas preguntas formuladas por el público. De todas ellas, por citar algunas:
– En Baleares las piscinas de hoteles rurales y agroturismos se asimilan a las turísticas de tipo 2.
– La DG habilita una dirección de correo electrónico para comunicar documentación o incidencias en relación a estos decretos: piscinas@dgsanita.caib.es
– El decreto autonómico de piscinas no será derogado completamente por una actualización hasta que el Ministerio de Sanidad redacte y haga pública una nueva normativa de seguridad.
– Será obligatoria una Guía de Autocontrol de la Piscina, de acuerdo con la tendencia de control sanitario en boga. 
– En cuanto a productos químicos, se aceptarán los productos que dispongan de homologación hasta que ésta caduque, pasando después los desinfectantes y algicidas a «Biocida tipo 2» y el resto se regirán por REACH.
– Los requisitos formativos del personal de mantenimiento de piscinas serán, de momento, los actuales es decir el carnet de mantenimiento. En un futuro (antes de 2 años, el Ministerio regulará los requisitos) podrá plantearse una formación equivalente a Formación Profesional.
– Deberá remitirse a la DG Salut Pública i Consum mucha más información que antes (todo ello en los Anexos del Real Decreto).
– El Ministerio habilitará una aplicación informática llamada SILOE para comunicar datos directamente.
– En piscinas nuevas deberán tenerse en cuenta las modificaciones derivadas del RITE.
– Los socorristas deberán ser personal «dedicado».
– Se aceptarán otros productos químicos con efecto desinfectante residual y los niveles exigibles por la autoridad sanitaria vendrán determinados por lo indicado en las Fichas de Datos de Seguridad de éstos productos (como por ejemplo el dióxido de cloro o el H2O2). Éstos deberán disponer de un kit del fabricante para la medición de niveles «in situ».
– Serán necesarios caudalímetros para la medida de la capacidad de filtración de las instalaciones.
En definitiva, mucha información y muy interesante. Esperemos que no sea la última sesión informativa de las autoridades sanitarias y que podamos avanzar en la innovación en este campo de trabajo de Turismo y Salud.
Esperamos en poder disponer de la presentación completa de la Sra. Gomis para facilitarla a través de la web del clúster.